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LUGARES DE IMPORTANCIA COMUNITARIA:

9 enero, 2019

LIC: Es un lugar designado por los estados miembros de la Unión Europea mediante un acto reglamentario, administrativo y/o contractual, en el cual se apliquen las medidas de conservación necesarias para el mantenimiento o el restablecimiento, en un estado de conservación favorable, de los hábitats naturales y/o de las poblaciones de las especies para las cuales se haya designado el lugar.

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